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Habría pagado el impuesto local sobre la renta del trabajo (EIT) a su vencimiento, pero nunca recibí una factura. ¿Puedes decirme por qué no me facturaste?

Sí. Este es un impuesto sobre la renta del trabajo. Su ingreso anual no puede ser predeterminado por el Oficial de Impuestos. La mayoría de los empleadores están obligados por ley a retener el impuesto. Si su empleador no retiene el impuesto, debe realizar pagos estimados trimestrales a la tasa establecida por la(s) jurisdicción(es) impositiva(s) donde vive cuando obtiene sus ingresos.

Las multas, los intereses y los costos de la Ley 192 son legales y se acumulan sobre el saldo tributario adeudado.

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